El Presidente firmó la modificación de la Ley de Fuentes de Energía Renovable (proyecto UD332) el 15 de octubre de 2026 y apareció en el Dziennik Ustaw 2026, posición 1347, el 16 de octubre (votación del Sejm el 4 de septiembre, Senado el 24 de septiembre).
El cambio principal para los prosumidores es el fin de la regla 1:1 de suma de potencias FV y de almacenamiento. Desde el 1 de diciembre de 2026 un operador de distribución no sumará la potencia de la batería a la capacidad de la microinstalación si la potencia de almacenamiento no supera 2,2 veces la potencia FV y la exportación combinada de FV y almacenamiento se limita a la potencia FV. Un campo de 5 kW puede funcionar así con un sistema de baterías de 11 kW y conservar su conexión simplificada y su límite de exportación de 5 kW; las notificaciones pendientes con almacenamiento también están cubiertas. La ley trata además el almacenamiento vinculado a generación renovable como instalación renovable, aclara el depósito del prosumidor en las facturas y su devolución al cambiar de vendedor, y modifica las reglas de los certificados de instalador.
Para instaladores: en los sistemas puestos en marcha después del 1 de diciembre de 2026, mantener la potencia de almacenamiento igual o inferior a 2,2 veces la potencia FV, documentar la limitación de exportación en la notificación al operador de red y estar preparados para facilitar los datos del almacenamiento en las solicitudes pendientes.
Resumen informativo elaborado a partir de comunicaciones oficiales y prensa del sector; las condiciones cambian: compruebe siempre la fuente oficial y la fecha de la entrada antes de asesorar a un cliente.